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Obligaciones del intermediario con el cliente

Las obligaciones de los profesionales son más numerosas que los derechos. Su deber más importante, ya que potencia la confianza depositada en su profesionalidad, es la de mantener ante todo la imparcialidad. Su actuación ha de ser en todo momento de buena de fe.

Disponer de la mejor información

La información es uno de los mayores tesoros que se pueden poseer en la Bolsa. De esta manera, los intermediarios están obligados a facilitar a sus clientes todos los datos de que disponga, siempre que sean relevantes para su inversor.
Los intermediarios han de tener siempre presente que la información debe incluir los riesgos que corre el cliente con sus operaciones y la comunicación de sus posibles efectos. Además, deben disponer de un sistema de información adecuado, periódico, para tener al día a los inversores.

Transparencia y honradez

A los intermediarios se les está estrictamente prohibida la provocación de evoluciones artificiales de las cotizaciones. En este aspecto, desempeñan un papel más importante las Sociedades de Valores y Bolsa, ya que pueden operar por cuenta propia.
Tampoco pueden anteponer sus intereses a los de los clientes. Aquí también entran en juego los intermediarios que pueden actuar por su cuenta. Les está prohibido llevar a cabo operaciones en nombre de sus clientes con el único fin de generar comisiones que deberán pagar luego los inversores que los contraten.
También tienen la obligación de actuarcon prudencia en sus operaciones, siguiendo las estrictas instrucciones del cliente.

Reflexión:
¿A quien beneficia la actuación sesgada de los intermediarios?

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